FAVORABLE
No se han detectado deficiencias técnicas o normativas, el vehículo puede circular sin efectuar inspección dentro del plazo de validez señalado; o bien, se han detectado deficiencias leves, y aunque puede circular sin efectuar una nueva inspección dentro del plazo de validez señalado, deben repararse en un plazo máximo de 2 meses.
DESFAVORABLE
Se han detectado deficiencia GRAVES, que disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo o ponen en riesgo a otros usuarios de las vías públicas o que pueden tener un impacto sobre el medio ambiente. El vehículo queda inhabilitado para circular por las vías públicas, excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de la situación y vuelta a una estación ITV para una nueva inspección en un plazo no superior a 2 meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable.
NEGATIVA
Se han detectado deficiencias MUY GRAVES, que constituyen un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial o tienen un impacto sobre el medio ambiente. El vehículo queda inhabilitado para circular por las vías públicas, el traslado del vehículo a su destino se realizará por medios ajenos al propio vehículo. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contando desde la primera inspección técnica negativa.
En estos dos últimos casos, una vez subsanados, deberán someterse a inspección los elementos defectuosos. Si durante la inspección para verificación de la subsanación de defectos, se detectasen otros según lo establecido en el MPITV, estos determinarán igualmente el resultado de la inspección, en función de su calificación. Si el vehículo fuera presentado a la segunda inspección fuera del plazo concedido para su reparación, deberá realizarse una inspección completa del vehículo, sin perjuicio de las posibles sanciones que pudiesen imponerse por la DGT u organismos competentes.